¿Cómo sé si tengo cobertura de Seguro de Invalidez, Sobrevivencia y Gastos de Sepelio?

Aportar en una AFP podría proteger a tu familia y a ti a través de un importante beneficio del Sistema Privado de Pensiones: el Seguro de Invalidez, Sobrevivencia y Gastos de Sepelio. Te contamos todo sobre la cobertura de seguro.
¿Tengo cobertura de seguro? Requisitos que necesitas cumplir
La cobertura del Seguro de Invalidez, Sobrevivencia y Gastos de Sepelio depende de las siguientes condiciones:
- Haber hecho un mínimo de 4 aportes mensuales durante los últimos 8 meses anteriores al siniestro.
- Si tu lamentable fallecimiento se produce antes de que cumplas 8 meses en el Sistema Privado de Pensiones, pero se ubica entre el primer mes y fines del tercero, tendrías cobertura automática.
- Podrías también contar con cobertura antes de los 8 meses si han pasado por lo menos 3 meses, siempre y cuando hayas efectuado el 50% de tus aportes, desde que te afiliaste.
- En caso seas trabajador independiente, tus aportes deben haber sido realizados oportunamente; además, necesitan estar calculados sobre el sueldo mínimo vigente (S/930) o más.
- El siniestro no debe estar dentro de las excepciones de cobertura.
¿En qué situaciones no se genera cobertura?
- Participación en un conflicto bélico, sea declarado o no (guerra civil o internacional, terrorismo o motines).
- Trabajos de alto riesgo, pues podrían requerir seguros complementarios.
- Acciones voluntarias como alcoholismo, drogas o suicidio.
- Contaminación radioactiva, fisión o fusión nuclear.
- Enfermedades que ya tenías al momento de afiliarte al Sistema Privado de Pensiones.
Algunos detalles que debes considerar
- El pago mensual de este seguro equivale al 1.70% de tu sueldo bruto y es uno de los tres componentes de tu aporte obligatorio.
- Si bien el pago de la prima de seguro se calcula sobre tu sueldo, ten en cuenta que existe una remuneración máxima asegurable. Aquí encuentras sus actualizaciones.
- En caso de fallecimiento, el monto máximo para cubrir los Gastos de Sepelio se actualiza cada 6 meses de acuerdo con el IPC. Acá puedes revisar el tope. Pero si no tienes cobertura, entonces se financiará con lo que tengas en tu fondo.
- En caso de invalidez, esta deberá ser determinada por el Comité Médico de las AFP (COMAFP) o el Comité Médico de la Superintendencia (COMEC).
- Si tu invalidez fue causada por alguna enfermedad terminal o cáncer, existe un beneficio enfocado en ese caso. Conoce más sobre ello en este enlace.
Para mayor información, te sugerimos leer la sección Invalidez y Sobrevivencia en nuestro sitio web.
Comparte esta información: